RECONOCIMIENTO
DE TITULOS A EFECTOS PROFESIONALES
Si
Vd. es ciudadano de un estado miembro de la U.E. y ha obtenido
su título en un país de la Unión Europea, más Noruega,
Islandia o Liechtenstein, este reconocimiento le sirve para poder
trabajar en España.
La
tramitación del reconocimiento es gratuita.
-Los
reconocimientos (por directivas sectoriales) para las profesiones de
Médico,
Médico especialista, Enfermera general y
especialista, Matrona, Dentista, Veterinario, Farmacéutico,
Fisioterapeuta, Optico, Podólogo, Terapeuta Ocupacional y
Logopeda
son competencia del Ministerio de Sanidad, Política Social e
Igualdad.
-Al
Ministerio de Fomento se solicita el reconocimiento del
título de Arquitecto
y también del título de Arquitecto
Técnico.
-Las
solicitudes de reconocimiento (sistema general) para las profesiones
de Maestro;
Profesor de Educación Secundaria; Profesores de Enseñanzas de
Música, de Arte Dramático, de Artes Plásticas y Diseño, de Danza,
conducentes a la obtención de título oficial; Profesor
de Universidad; Biólogo, Psicólogo
se dirigen al Ministerio de Educación.
-El
Ministerio de Fomento es competente para el reconocimiento de estas
profesiones: Ingeniero
de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Aeronáutico, Ingeniero
Técnico de Obras Públicas, Ingeniero Técnico en Topografía,
Ingeniero Técnico Aeronáutico.
-El Ministerio de Defensa es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Ingeniero de Armamento y Material, Ingeniero de Armas Navales, Ingeniero de Construcción y Electricidad.
-El Ministerio de Economia y competitividad es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Actuario de Seguros, Agente y Comisionista de Aduanas, Auditor de Cuentas, Economista, Habilitado de Clases Pasivas.
-El Ministerio de Educación Cultura y Deporte es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Biólogo, Maestro de Educación Infantil, Maestro de Educación
Primaria, Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Profesor de Universidad, Profesor de Enseñanzas Artísticas, Profesor de
Enseñanzas de Idiomas, Profesor de Enseñanzas Deportivas, Profesor de
Formación Profesional, Psicólogo.
-El Ministerio de Industria, Energia y Turismo es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Agente Comercial, Agente de la Propiedad Industrial,
Artillero-Barrenista, Diplomado en Ciencias Empresariales y Profesor
Mercantil, Físico, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero
Naval y Oceánico, Ingeniero de Telecomunicación, Ingeniero Técnico
Industrial en la correspondiente especialidad, Ingeniero Técnico de
Minas en la correspondiente especialidad, Ingeniero Técnico Naval en la
correspondiente especialidad, Ingeniero Técnico de Telecomunicación en
la correspondiente especialidad, Perito Mercantil, Químico, Técnico de
Empresas y Actividades Turísticas.
-El Ministerio de Interior es competente para el reconocimiento de estas profesiones:Detective privado, Director de Escuelas Particulares de Conductores,
Director de Seguridad, Guarda Particular del Campo, Guarda Particular
del Campo: Especialidad Guardapesca marítimo, Jefe de Seguridad,
Profesor de Formación Vial, Vigilante de Seguridad, Vigilante de
Seguridad: Escolta Privado, Vigilante de Seguridad: Vigilante de
Explosivos.
-El Ministerio de Agricultura es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Enólogo, Geólogo, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero de Montes, Ingeniero
Técnico Agrícola en la especialidad correspondiente, Ingeniero Técnico
Forestal en la especialidad correspondiente.
-El Ministerio de Empleo y Seguridad Social es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Graduado Social, Graduado Social Diplomado o Diplomado en Relaciones Laborales.
-El Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Gestor Administrativo.
-El Ministerio de Justicia es competente para el reconocimiento de estas profesiones: Abogado, Procurador.
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